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OGAIPO ORDENA A INSTITUCIONES PÚBLICAS ENTREGA DE INFORMACIÓN A CIUDADANOS

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, 31 de agosto de 2022.- El Pleno del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO) efectuó la Décimo Sexta Sesión Ordinaria 2022.

El Consejo General resolvió recursos de revisión interpuestos ante la respuesta obtenida o falta de la misma, de solicitudes de información realizadas a Sujetos obligados del Estado de Oaxaca. Fueron analizados un total de setenta y ocho recursos en materia de acceso a la información y un recurso en materia de protección de datos personales; respecto a las resoluciones emitidas por el Órgano de Transparencia Estatal, en cuarenta y cinco se modificó la respuesta del Sujeto obligado, en nueve proyectos se confirma la respuesta, dieciocho recursos de revisión fueron sobreseídos y siete se desecharon.

De los recursos de revisión atendidos, nueve presentó la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, trece por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes, veintisiete fueron de la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, diecisiete de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán y trece presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales.

Referente a los recursos de revisión de la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, el recurso de revisión R.R.A.I. 076/2021, se ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca realizar nueva búsqueda exhaustiva del listado de escuelas de educación básica en el Municipio de Oaxaca de Juárez que tengan acceso a internet, sanitarios y Comités de Padres de Familia o Comités de Participación. Sobre el recurso de revisión R.R.A.I. 0124/2021/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez realizar nueva búsqueda, relativo a la Agencia de San Felipe del Agua, sobre el alumbrado público instalado en la Calle Hidalgo; cantidad de luminarias, costo unitario y total, características técnicas y descripción de la luminaria y poste, copia del contrato con el proveedor. Mientras que en el recurso de revisión R.R.A.I. 0255/2022/SICOM, se revocó la clasificación de la información de la Dirección General de Notarías y Archivo General de Notarías, y se ordenó la entrega la información a excepción de los nombres de aspirantes que no lograron obtener la patente de notario, derivado de la presentación del examen para su obtención. En el proyecto R.R.A.I. 0340/2022/SICOM, se revocó la respuesta del Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Física Educativa y se ordenó entregar el desglose de los trabajos ejecutados, estimaciones, costos y catálogo de conceptos autorizados con precios, de la empresa Omesa del Sureste, que laboró bajo contratación en el Centro de Estudios Tecnológicos Industrial y de Servicios Núm. 168.

En cuanto a la resolución del recurso de revisión presentado por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes; en el proyecto R.R.A.I./0058/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar su respuesta a efecto de entregar la información relativa a currículums de quienes integran el cabildo y quienes son titulares de las dependencias, órganos descentralizados y auxiliares. Asimismo, realice una búsqueda exhaustiva respecto al inmueble Centro Integral de Servicios. Respecto al recurso R.R.A.I./0083/2022/SICOM, el Consejo General revocó la respuesta del H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec a efecto que proporcione la información relativa a las y los trabajadores pertenecientes al Sindicato 12 de Julio, desagregado por nombre, área, antigüedad como trabajadores de confianza y sueldo incluyendo compensaciones y/o bonos. En cuanto al recurso R.R.A.I./0103/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec modificar su respuesta a efecto que proporcione la información relativa a la antigüedad, sueldo y categoría del personal de confianza. Relativo al proyecto R.R.A.I./0118/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez que modifique su respuesta a efecto de realizar búsqueda exhaustiva de los currículums vitae solicitados y la experiencia en organizaciones juveniles de la sociedad civil, de las personas que integran el Instituto Municipal de la Juventud. En relación al recurso de revisión R.R.A.I./0133/2022/SICOM, de la Secretaría de Finanzas, se ordenó proporcionar en forma desagregada caso por caso, la información relativa a las condonaciones realizadas del 1 de enero de 2019 al 11 de febrero de 2022, desagregado por nombre, registro federal de contribuyentes, monto, fundamento legal, número de oficio y fecha de la condonación. Sobre el proyecto R.R.A.I./0143/2022/SICOM, se ordenó a los Servicios de Salud de Oaxaca, modificar su respuesta a efectos de que lleve a cabo la búsqueda de información relativa al presupuesto del año 2022 y el ejercido en 2021 de la Dirección de Regulación y Fomento Sanitario. En el recurso de revisión R.R.A.I./0213/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar la respuesta y proporcione la información relativa a la existencia previa del Instituto Municipal de la Juventud y los requisitos de edad para quien sea su titular. Acerca del recurso de revisión R.R.A.I./0323/2022/SICOM y sus acumulados R.R.A.I./0328/2022/SICOM, R.R.A.I./0333/2022/SICOM y R.R.A.I./0338/2022/SICOM, se ordenó al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca modificar su respuesta a efectos de que realice una nueva búsqueda exhaustiva de lo requerido, relativo a la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana. Relativo al expediente R.R.A.I./0443/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Villa de Etla modifique su respuesta a efecto de brindar la información solicitada relativa a la incidencia delictiva o reportes registrados, en caso de que contenga información confidencial, ésta deberá de entregarse en versión pública. Tocante al recurso R.R.A.I./0483/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino modificar su respuesta a efecto de que lleve a cabo búsqueda exhaustiva de la incidencia delictiva o reportes registrados para el periodo 2010 a 2021, deberá hacer entrega de las coordenadas geográficas en las bases de datos entregadas y que corresponden al periodo comprendido entre el 1 de enero al 5 de mayo de 2022, en versión pública.

Correspondiente a las resoluciones de los recursos de revisión presentados por la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, en el asunto R.R.A.I./0022/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría del Medio Ambiente Energías y Desarrollo Sustentable proporcione la información debido a que en el Ejido Guadalupe Victoria existe reserva ecológica, describa si es procedente construir cerca de esta reserva y porque, que hacer cuando ya se construyó alguna casa cerca de la reserva, pasos a seguir para permiso de construcción y requisitos a cumplir como persona física o moral. Concerniente al proyecto R.R.A.I./0187/2022/SICOM, se  ordenó a la Defensoría de los Derechos Humanos de Oaxaca de Oaxaca modificar la respuesta y proporcione la información relativa al servidor público mencionado, sueldo neto y sueldo bruto quincenal, formato de declaración de conflicto de intereses, comprobante del último pago, si tiene estudios en Derecho, cursos y/o diplomados en acceso a la información  pública o derechos humanos, funciones y atribuciones, fundamente y motive la razón por la cual en la fecha indicada, participó en calidad de presidente de la Asociación señalada en un evento social, indiquen si han entregado donaciones en dinero o especie a asociaciones mencionadas y en caso de haberlo hecho, fundamenten y motiven esas donaciones, fundamenten y motiven si es ético y legal, autorizar uso de recursos públicos asignados a la Defensoría para eventos sociales de sus funcionarios públicos. En el recurso de revisión R.R.A.I./0297/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría del Medio Ambiente Energías y Desarrollo Sustentable confirmar de manera fundada y motivada a través de su Comité de Transparencia, la declaratoria de incompetencia realizada por la Unidad de Transparencia. Correspondiente al recurso R.R.A.I./0017/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Huajuapan de León modificar la respuesta y proporcione el tipo de modalidad de trabajadores que existen, el responsable directo de la administración pública municipal encargado de velar por la correcta ejecución de las disposiciones, área encargada de planilla actualizada del personal con nombre, puesto, adscripción y detalle de percepciones mensuales, indicando si se encuentra sujeto a contrato por tiempo determinado, indeterminado o por obra indeterminada; el número de trabajadores contratados por tiempo determinado y duración del servicio, número de trabajadores contratado por tiempo determinado, indeterminado, bajo modalidad de lista de raya o de base; existencia de trabajadores bajo modalidad de nombramiento definitivo, nombramiento interino, por tiempo fijo, por obra determinada; el número de trabajadores bajo la modalidad de nombramiento definitivo, nombres de los servidores públicos bajo esta modalidad, sueldo, honorarios o asignación percibida, lugares en qué deberán prestar sus servicios, fecha de iniciación de los servicios, copias escaneadas de los nombramientos de los servidores públicos bajo esta modalidad de nombramiento definitivo, encargado del ayuntamiento municipal de nombrar, remover y otorgar nombramientos a favor de los empleados, personas autorizadas para realizar el estudio de impacto presupuestal para otorgar nombramientos indefinidos a favor de los trabajadores, criterios de selección para otorgar nombramientos definitivos y encargados de dictaminar los nombramientos definitivos. Conforme al recurso de revisión R.R.A.I./0067/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable modificar la respuesta y proporcione la información requerida, respecto a la cantidad de equipos de cómputo en funcionamiento, utilizado en la Secretaría, la versión de sistema operativo que está utilizando y tipo de licenciamiento (incluida en el equipo, actualización, o licencia adquirida por volumen para sectores), indicando si es original o no, versión de software de paquetería de oficina cuenta, tipo de licencia (renta o permanente) y si es original o no. En relación al expediente R.R.A.I.0072/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec que proporcione por el periodo comprendido de 1 de enero de 2021 a 31 de diciembre de 2021, números de folio de permisos vigentes, emitidos por el Ayuntamiento donde se autoriza comercio ambulante fijo o semifijo, en la vía pública (vialidad o banqueta), colindantes con la Tienda Coopel, que contenga fecha de emisión, autoridad que expidió el permiso, nombre de titular del permiso, giro comercial autorizado, nombre del lugar o vialidad y colonia autorizadas, superficie autorizada en el permiso, horario autorizado y vigencia del permiso, si los permisionarios  autorizados  han pagado los derechos o bien han cumplido todas las obligaciones inherentes al permiso otorgado, fecha de expedición, folio y vigencia de las credenciales otorgadas para realizar el comercio ambulante, número y fechas de las actas de inspección levantadas , en términos del Reglamento de Comercio en la Vía Pública Municipal,  para verificar su cumplimiento, respecto al comercio ambulante fijo o semifijo, sanciones que se han impuesto por infracciones al Reglamento de Comercio en la vía pública municipal, por el uso no autorizado  de la vía pública  o bien por el incumplimiento  los permisos otorgados  para el comercio ambulante en la vía pública, si se ha ordenado el retiro de vendedores ambulantes que  realizan actividades comerciales en la vía pública por no contar con permisos  o autorizaciones, si se han reubicado vendedores ambulantes por no contar con permisos o autorizaciones para el uso de la misma. Además, permisos vigentes otorgados por ese H. Ayuntamiento, donde se autoriza el comercio ambulante fijo o semifijo, en la vía pública, colindantes con la tienda y credenciales otorgadas a los permisionarios autorizados para realizar el comercio ambulante fijo o semifijo en la vía pública. Del recurso de revisión R.R.A.I./0137/2022/SICOM, se sobresee el recurso de revisión en relación a la información proporcionada en forma parcial, al haber modificado el H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Huajuapan de León, el acto inicial quedando el medio de impugnación sin materia. Por otro lado, debe realizar una búsqueda exhaustiva si existe un programa contra trata de personas en el municipio, si existe, en donde consultarlo, si ha asistido a las reuniones de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar la trata de personas y Delitos Relacionados en el 2021-2022, acciones para la prevención de la trata durante 2021-2022, dónde se han difundido, cada cuándo supervisa la policía municipal lugares propicios para la trata de personas, acciones y presupuesto para la prevención y atención a víctimas de trata de persona, existen albergues o refugios para las víctimas de trata, del estado o de la sociedad civil, cuántos casos de trata han ocurrido, cuántos se han denunciado, cuántas carpetas de investigación tienen, cuántas víctimas de trata tienen esas carpetas de investigación, acciones para apoyar en el desarrollo de las comunidades más pobres y vulnerables con el fin de evitar la migración y la trata de personas. En lo que respecta al proyecto R.R.A.I./0197/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Huajuapan de León proporcione la información requerida, respecto a la remuneración bruta y neta de cada uno de su personal. En el proyecto R.R.A.I./0292/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros modificar su respuesta y proporcione el padrón de proveedores de la administración pública municipal, padrón de contratistas, padrón de prestadores de servicios, los contratos de arrendamiento suscritos a la fecha y los contratos celebrados a la fecha. Acerca del expediente R.R.A.I./0552/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros modificar su respuesta y proporcione copia digitalizada de la información curricular de las y los titulares de la Tesorería Municipal, de la Dirección de Administración, de la Secretaría Municipal, de la Oficialía de Partes, de la Dirección de Bienes Municipales y de la Dirección Jurídica. Sobre el recurso R.R.A.I./0152/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría de Seguridad Pública que proporcione la información requerida, copia certificada del oficio SSP/JO-T/4730/2021, oficio SSP/PE/CRP/996/2021 y oficio FEGO/CSIE/2364/2021. Referente al recurso de revisión R.R.A.I./0227/2022/SICOM, se ordenó a la Comisión Estatal del Agua que proporcione la información requerida, respecto a documentación legal (constancia de posesión, contratos, minutas de acuerdo) que acrediten posesión del terreno en el cual se encuentra la galería filtrante denominada Los Cocos, ubicada en la Jurisdicción Territorial de Bienes Comunales del Barrio de Lieza. En la resolución del recurso R.R.A.I./0342/2022/SICOM, se ordenó a la Dirección General de Notarías y Archivo General de Notarías que entregue la información requerida correspondiente a los nombres y domicilios de los notarios que fueron autorizados para ejercer a partir del año 2020. Sobre el proyecto R.R.A.I./0337/2022/SICOM, se declaró parcialmente fundado el motivo de inconformidad; en consecuencia, se revocó la respuesta del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se ordenó realizar una nueva búsqueda exhaustiva referente a los documentos entregados para la inscripción de participantes de convocatorias para ser miembros del Comité de Participación Ciudadana (realizadas por la Comisión de Selección) del Sistema Estatal Anticorrupción de Oaxaca de 2017 a 2020. Respecto al expediente R.R.A.I./332/2022/SICOM, se declaró parcialmente fundado el motivo de inconformidad; en consecuencia, se revocó la respuesta del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y se ordenó realizar una búsqueda exhaustiva de lo requerido, respecto al listado de puntajes o evaluaciones curriculares de los aspirantes del Comité de Participación Ciudadana (para cada Convocatoria) de la Comisión de Selección del Sistema Estatal de Anticorrupción de Oaxaca, desde su instalación hasta el año en curso, 2022. Para resolver el recurso R.R.A.I./327/2022/SICOM, se declara parcialmente fundado el motivo de inconformidad; en consecuencia, se revocó la respuesta del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y se ordenó realizar una búsqueda exhaustiva de lo requerido, referente al calendario de actividades de la Comisión de Selección del Sistema Estatal Anticorrupción de Oaxaca, desde su instalación hasta el año 2022. Sobre el recurso R.R.A.I./0162/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca realizar búsqueda exhaustiva, relativa a información estadística relativa a mujeres desaparecidas en el Estado de Oaxaca en el periodo de enero de 2020 a diciembre de 2022.

Sobre los recursos de revisión de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán; en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0559/2022/SICOM, se ordenó al Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Física Educativa entregue la información sobre las obras realizada en el Instituto Tecnológico de Tlaxiaco: Unidad Multifuncional de Talleres y Laboratorios, Unidad Académico Departamental y Cafetería Escolar, se requiere Programa de inversión y monto asignado en cada una de las etapas en que se construye, Contrato y forma de asignación, Catálogo conceptos con precios unitarios de los trabajos realizados o por realizar, Evidencia fotográfica de haber realizado y culminado los trabajos, Avance físico, financiero y la aplicación de las economías de las obras, bitácora de supervisión de obras, Actas de entrega recepción de las obras terminadas, de cada una de sus etapas, en caso de existir incumplimiento de contrato, evidencias de acciones tomadas para subsanar este incumplimiento. Para resolver el proyecto R.R.A.I.0579/2022/SICOM, se ordenó a la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión entregue la información solicitada, el día 23 de junio de 2022, su cuenta de Twitter publicó la entrega de cámaras de video a su personal, se requiere el contrato de compra-venta, costo del equipo, cotizaciones y la factura que se pagó para adquirir dichas cámaras Sony modelo PXW-Z190.  En el expediente R.R.A.I./0084/2021/SICOM/OGAIPO, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar su respuesta a efecto que realice búsqueda exhaustiva e informar a partir de que fecha se dio de alta a la trabajadora en este Municipio en 2021, monto mensual bruto y neto, modalidad de pago (efectivo, transferencia, electrónico o cualquier otro), copia simple de la nómina de las dos quincenas de enero a octubre y la primera quincena de noviembre del ejercicio 2021. Relativo al recurso de revisión R.R.A.I.0229/2022/SICOM, se ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca modificar su respuesta y realice una búsqueda exhaustiva respecto de las adecuaciones presupuestarias externas que el Instituto haya solicitado a la Secretaría de Finanzas, con motivo del programa estatal “Dotación de Útiles y Uniformes Escolares” con proceso de licitación pública nacional EA-920037993-N1-2016, número de contrato IEEPO/UE/007/2016, del ejercicio fiscal 2016. En lo que respecta al proyecto R.R.A.I.0224/2022/SICOM, se ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca modificar su respuesta para que a través de su comité de transparencia confirme la declaratoria de inexistencia de la información solicitada respecto de la versión pública de la Dirección financiera, las propuestas de políticas administrativas para eficientar el gasto del Instituto le ha hecho al oficial mayor de los años 2016, 2017, 2018 y 2019.

En cuanto a los recursos de revisión presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales; en el recurso de revisión R.R.A.I. 0301/2022/SICOM, se ordenó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca modificar su respuesta y realice una búsqueda de la información referente a reporte específico de actividades, del ciudadano indicado, adscrito a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y miembro del Servicio Profesional Electoral, o de cualquier servidor público del Instituto entre jueves 24 y domingo 27 de marzo de 2022. Sobre el asunto R.R.A.I. 0326/2022/SICOM, se revocó la respuesta del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se ordenó realizar búsqueda exhaustiva de lo requerido, referente a los informes anuales de actividades de la Comisión de Selección del Sistema Estatal Anticorrupción de Oaxaca, desde su instalación hasta el año en curso 2022. En tanto al recurso de revisión R.R.A.I. 0336/2022/SICOM, se revocó la respuesta del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se le ordenó para realizar búsqueda exhaustiva de lo requerido, sobre las audiencias públicas y entrevistas (documentos, actas, grabaciones, etc.) de los aspirantes a ser miembros del Comité de Participación ciudadana del SEA de Oaxaca, así como la evidencia de las invitaciones a participar en éstas, desde su instalación hasta el año en curso, 2022. Acerca del expediente R.R.A.I. 0341/2022/SICOM, se revocó la respuesta del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se le ordenó realizar búsqueda exhaustiva de las entrevistas, grabaciones de las sesiones en vivo y/o tomas de protesta en video de los aspirantes a ser miembros del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción de Oaxaca, desde su instalación hasta el año en curso, 2022. En cuanto al recurso R.R.A.I. 0361/2022/SICOM, se declaró parcialmente fundado el motivo de inconformidad, por lo que se ordenó al H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca modifique su respuesta y proporcione el monto del uso y destino del recurso de inversión pública. Mientras que en el asunto R.R.A.I. 0386/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar su respuesta y proporcione el Plan de trabajo de la actual directora del IMJUVENTUD, con el que concursó en la convocatoria pública para elegir al nuevo titular del Instituto Municipal de la Juventud. Referente al proyecto R.R.A.I. 0421/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar la respuesta y realice una búsqueda del registro de la persona señalada en el municipio, en cuestión de nómina, pagos, contratos de obra, contratos de adquisiciones, detenciones, etcétera. Respecto al recurso R.R.A.I. 0431/2022/SICOM, se ordenó a la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno del Estado modificar su respuesta e informe el status solicitado apegado a la respuesta que la Secretaría de Finanzas proporcione derivado del requerimiento realizado por su Dirección Administrativa. Mientras que en el expediente R.R.A.I. 0446/2022/SICOM, se ordenó a la Dirección General de Notarías y Archivo General de Notarías modificar su respuesta y otorgue la información requerida en versiones públicas. En el proyecto R.R.A.I. 0451/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Acatlán de Pérez Figueroa modificar la respuesta y entregue la información solicitada, respecto a tipo de incidente o evento presuntamente constitutivos de delitos y/o falta administrativa con la respectiva hora, fecha, lugar, ubicación y coordenadas geográficas.

En los recursos de revisión en contra del H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I./0177/2022/SICOM, R.R.A.I./0193/2022/SICOM, R.R.A.I. 0277/2022/SICOM, R.R.A.I. 0282/2022/SICOM, R.R.A.I. 0287/2022/SICOM), del Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca (R.R.A.I./0172/2022/SICOM), de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (R.R.A.I.0134/2022/SICOM), de la Comisión Forestal Estatal (R.R.A.I./0179/2022/SICOM) se confirmó la respuesta.

Respecto a los recursos de revisión en contra del H. Ayuntamiento de Villa de Zaachila (R.R.A.I. 0300/2022/SICOM), del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca (R.R.A.I./0322/2022/SICOM, R.R.A.I. 0345/2022/SICOM, R.R.A.I. 0411/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de Salina Cruz (R.R.A.I. 0355/2022/SICOM), de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (R.R.A.I. 0360/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Huajuapan de León (R.R.A.I./0192/2022/SICOM), H. Ayuntamiento de San Pedro Pochutla (R.R.A.I./0292/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I.0184/2022/SICOM, R.R.A.I./0274/2022/SICOM), de los Servicios de Salud de Oaxaca (R.R.A.I.0144/2022/SICOM), de la Secretaría de Bienestar del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0074/2022/SICOM),  de la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión (R.R.A.I.0104/2022/SICOM), del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (R.R.A.I./0029/2022/SICOM), del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (R.R.A.I./088/2021, R.R.A.I./0239/2022/SICOM), de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción (R.R.A.I./0469/2022/SICOM), del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (R.R.A.I. 0426/2022/SICOM) fueron sobreseídos.

Mientras que los recursos en contra del H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I. 0350/2022/SICOM), de los Servicios de Salud de Oaxaca (R.R.D.P. 0011/2022/SICOM, R.R.A.I./0618/2022/SICOM, R.R.A.I.0622/2022/SICOM, R.R.A.I.0617/2022/SICOM, R.R.A.I./0619/2022/SICOM , R.R.A.I./0623/2022/SICOM) fueron desechados.

En esta sesión ordinaria, mediante el acuerdo OGAIPO/CG/069/2022, se aprobó el Catálogo de Disposición Documental 2022 de este Órgano Garante, que emite el Área Coordinadora de Archivos.

Con el acuerdo OGAIPO/CG/070/2022, se aprobaron nueve dictámenes de cumplimiento sobre el procedimiento del Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia 2022: H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec (100%), Coordinación General del Comité Estatal de Planeación para el Desarrollo de Oaxaca (100%), Instituto Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca (100%), H. Ayuntamiento de San Pedro Pochutla (100%), Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Física Educativa (100%), Gubernatura (100%), Monte de Piedad del Estado de Oaxaca (100%), Fideicomiso de Fomento para el Estado de Oaxaca y H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca (100%).

A través del acuerdo OGAIPO/CG/071/2022, se aprobaron veintitrés dictámenes de incumplimiento (11 con término de 20 días para solventar observaciones y 12 con término de 05 días para solventar observaciones) sobre el procedimiento del Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia 2022. Los Dictámenes de Incumplimiento (término de 20 días para solventar observaciones) son los siguientes: Instituto de Capacitación y Productividad para el Trabajo del Estado de Oaxaca (Cédula de Evaluación SIPOT 81.73%), Cédula de Evaluación Página web 81.73%, Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura (Cédula de Evaluación SIPOT 88.85%, Cédula de Evaluación Página web 88.85%), Secretaría de Economía (Cédula de Evaluación SIPOT 86.64%, Cédula de Evaluación Página web 86.64%), H. Ayuntamiento de Acatlán de Pérez Figueroa (Cédula de Evaluación SIPOT 24.71%, Cédula de Evaluación Página web 0%), Secretaría General de Gobierno (Cédula de Evaluación SIPOT 93.19%, Cédula de Evaluación Página web 93.19%), H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros (Cédula de Evaluación SIPOT 33.74%, Cédula de Evaluación SITRAM 29.86%), H. Ayuntamiento de San Bartolo Coyotepec (Cédula de Evaluación SITRAM 88.40%), Fideicomiso para el Desarrollo Logístico del Estado de Oaxaca  (Cédula de Evaluación SIPOT 95.36%, Cédula de Evaluación Página web 95.36%), Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca (Cédula de Evaluación SIPOT 93.45%, Cédula de Evaluación Página web 93.45%), Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca (Cédula de Evaluación SIPOT 80.19%, Cédula de Evaluación Página web 80.19%) y Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable (Cédula de Evaluación SIPOT 92.77%, Cédula de Evaluación Página web 92.77%). En cuanto a los Dictámenes de Incumplimiento (término de 05 días para solventar observaciones), son los siguientes: H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza (Cédula de Evaluación SIPOT 6.68%, Cédula de Evaluación Página web 0%), H. Ayuntamiento de Ciudad Ixtepec (Cédula de Evaluación SIPOT 0%), H. Ayuntamiento de Santa María Huatulco (Cédula de Evaluación SIPOT 74.46 %, Cédula de Evaluación Página web 74.46 %), H. Ayuntamiento de Huajuapan de León (Cédula de Evaluación SIPOT 33.16%, Cédula de Evaluación Página web 33.16%), Secretaría de las Mujeres del Estado de Oaxaca (Cédula de Evaluación SIPOT 97.15 %, Cédula de Evaluación Página web 97.15 %), H. Ayuntamiento de San Pedro Mixtepec, Región Costa, Juquila (Cédula de Evaluación SIPOT 0% ), H. Ayuntamiento de San Agustín Etla (Cédula de Evaluación SIPOT 0%, Cédula de Evaluación Página web 0%), Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (Cédula de Evaluación SIPOT 97.44%, Cédula de Evaluación Página web 97.44%), H. Ayuntamiento de Cuilápam de Guerrero (Cédula de Evaluación SIPOT 4.63%, Cédula de Evaluación SITRAM 0%), H. Ayuntamiento de San Pablo Etla (Cédula de Evaluación, SITRAM

0%), H. Ayuntamiento de Salina Cruz (Cédula de Evaluación SIPOT 83.63%, Cédula de Evaluación Página web 83.63%, H. Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec (Cédula de Evaluación SIPOT 91.35%)

Por medio del acuerdo OGAIPO/CG/072/2022, se aprobaron Medidas de Apremio impuestas, a los siguientes Sujetos Obligados: H. Ayuntamiento de San Jerónimo Sosola, H. Ayuntamiento de San Pablo Etla, H. Ayuntamiento de Magdalena Teitipac, H. Ayuntamiento de Villa de Zaachila, H. Ayuntamiento de Juchitán de Zaragoza, H. Ayuntamiento de San Pedro Tapanatepec, Sistema Local de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Telebachillerato Comunitario del Estado de Oaxaca, Consejo Oaxaqueño de Ciencia, Tecnología e Innovación, por el incumplimiento a las Resoluciones Emitidas en los Recursos de Revisión, interpuestos ante este Órgano Garante.

Con el acuerdo OGAIPO/CG/073/2022, se aprobó la resolución de Once Denuncias por Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia, declarándolas fundadas, y estableciendo un plazo de quince días para dar cumplimiento a la resolución, interpuestas a los siguientes Sujetos obligados: H. Ayuntamiento de San Agustín Etla, H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza, H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros, Secretaría de Administración, Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública, Caminos y Aeropistas de Oaxaca, Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca, Coordinación Estatal de Protección Civil, Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, Comisión Estatal de Vivienda, Dirección General de Notarías y Archivo General de Notarías. Mientras que con el acuerdo OGAIPO/CG/074/2022, se aprueba la Resolución de una Denuncia por Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia, declarándola infundada, interpuesta a la Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable.

Finalmente, con el acuerdo OGAIPO/CG/075/2022, se aprobó el Dictamen de Modificación a la Tabla de Aplicabilidad Integral del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca.

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