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Con 283 votos avala San Lázaro Miscelánea Fiscal 2021

  • Aprueban diputados proyecto de decreto de reforma disposiciones de leyes del ISR, IVA y el Código Fiscal de la Federación; se remite al Senado para sus efectos constitucionales

CIUDAD DE MÉXICO

La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, la Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal 2021, la cual se remitió al Senado de la República para efectos constitucionales.

En la sesión que inició el 19 de octubre y continuó hasta esta madrugada, las diputadas y diputados avalaron el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes del Impuesto Sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado, y el Código Fiscal de la Federación.

Las adecuaciones van en el sentido de no crear nuevos impuestos, así como combatir frontalmente la corrupción y la impunidad, la evasión y elusión fiscal, incluyendo propuestas en materia de simplificación administrativa, seguridad jurídica, modernización, gestión tributaria y eficiencia recaudatoria, como ejes principales.

Con 283 votos a favor, 129 en contra y 4 abstenciones quedaron en términos del dictamen los artículos reservados:

  • Artículo primero. Ley del Impuesto sobre la Renta: 27, 79, 80, 82, 82 Quater, 82 Ter, 113-A, 113-D, 151 y 182.
  • Artículo segundo, disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo segundo fracción II.
  • Artículo tercero del dictamen. Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 18-B, 18-H Bis, 18-H Ter, 18-H Quater, 18-H Quintus y 18-J.
  • Artículo cuarto del dictamen. Código Fiscal de la Federación: artículo 5-A, 14-B, 17-H, 17-H Bis, 22, 22-B, 23, 26, 36-A, 40, 40-A, 45, 69, 69-C, 90-A, 137 y 141.

Mientras que con votos 185 a favor, 218 en contra y 11 abstenciones, se desechó la reserva que previamente había sido aceptada para modificar el artículo 2A y adicionar un Artículo Transitorio a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para que las toallas sanitarias desechables y de tela, compresas, tampones, copas o cualquier otro bien destinado a la gestión menstrual, sean gravadas con una tasa del cero por ciento.

Información: Excélsior

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