Legislativo

Eliminan aplicación del salario mínimo para sanciones electorales. Ahora se fijarán con la Unidad de Medida y Actualización

 

 

  • Legislatura de Oaxaca armoniza normatividad electoral con la federal.
  • Se evitan ‘lagunas’ en la aplicación de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana.

 

 

San Raymundo Jalpan, Oax., 09 de febrero, 2020.- Diputadas y diputados de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado de Oaxaca aprobaron, en sesión ordinaria, la modificación de la normatividad electoral y eliminaron la aplicación del salario mínimo como mecanismo para fijar sanciones y beneficios. En su lugar se aplicará la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

 

Lo anterior, derivado de una propuesta de la diputada María Lilia Arcelia Mendoza Cruz, quien sometió, a consideración del pleno, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman el segundo párrafo del artículo 11 y el inciso b) del artículo 37 de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Oaxaca.

 

Con esta modificación, se da certeza a los medios de impugnación en la materia al armonizar la legislación estatal con las reformas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo.

 

Esta decisión da seguimiento al Decreto publicado en 2016, en el Diario Oficial de la Federación, por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de nuestra Carta Magna, en materia de desagregar el salario mínimo, en el que se desliga de cualquier unidad de cálculo para el cumplimiento de derechos u obligaciones con el Estado.

 

La armonización entre la normatividad estatal y la federal, evita la generación de ‘lagunas’ legislativas y la falta de certeza en la observancia y aplicación de las leyes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 50 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano  de Oaxaca; 30 fracción I de la Ley  Orgánica del Poder Legislativo  del Estado Libre y Soberano  de  Oaxaca;  54 fracción 1,  59, del Reglamento  Interior  del Congreso  de Oaxaca.

 

De esta manera, con el decreto aprobado, en Oaxaca el salario mínimo deja de ser utilizado como unidad de referencia en la economía o como un instrumento de cómputo de cantidades ajenas a su naturaleza contributiva, entendiendo desde entonces el concepto de Salario Mínimo exclusivamente a la remuneración mínima que debe percibir un trabajador.

 

El decreto aprobado, fue presentado por la Comisión Permanente de Democracia y Participación Ciudadana que preside la diputada Arcelia López Hernández e integrada por las diputadas Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, María de Jesús Mendoza Sánchez y los diputados Alejandro López Bravo y Arsenio Lorenzo Mejía García.

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