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OGAIPO RESPALDA A CIUDADANÍA CON RESOLUCIONES DE RECURSOS DE REVISIÓN EN SESIÓN ORDINARIA

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, 13 de julio de 2022.- El Pleno del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO) llevó a cabo su Décimo Cuarta Sesión Ordinaria 2022.

El Consejo General resolvió recursos de revisión que ciudadanos inconformes interpusieron por la respuesta obtenida o falta de la misma, respecto a solicitudes de información realizadas a Sujetos obligados del Estado de Oaxaca. Fueron analizados un total de diecisiete recursos en materia de acceso a la información; relativo a las resoluciones emitidas por el Órgano de Transparencia Estatal, en quince se modificó la respuesta del Sujeto obligado, en un proyecto se confirmó la respuesta y un recurso de revisión fue sobreseído.

De los recursos de revisión atendidos, tres presentó la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, uno por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes, tres fueron de la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, siete de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán y tres presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales.

En cuanto a los recursos de revisión de la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, el recurso de revisión R.R.A.I. 0260/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar la respuesta a efecto que proporcione todas y cada una de las documentales que integran el expediente CNNM/008/2022, así mismo, todos y cada uno de los expedientes generados con el fin de crear el Instituto Municipal de la Juventud  (IMJUVENTUD), entregadas en su respuesta inicial, y toda vez que las firmas de los servidores públicos es de carácter pública, en dichas documentales deberá apreciarse la firma de los servidores públicos signados en los oficios que en la respuesta inicial fue indebidamente testado. En el recurso de revisión R.R.A.I. 0325/2022/SICOM, el Consejo General del OGAIPO ordenó al H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca realizar una búsqueda exhaustiva, respecto a la metodología para la selección de los candidatos a ser miembros del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) de Oaxaca, especificando los plazos y criterios para la selección. Mientras que en el proyecto R.R.A.I. 0545/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Cuilápam de Guerrero entregar la información, referente a obras en materia de electrificación ejecutadas en la administración municipal, ejercicios 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, cuáles ejecutó  el gobierno del estado en los mismos ejercicios, los montos a que ascienden las obras en materia de electrificación ejecutadas por la administración municipal con recursos propios en los mismos ejercicios, así como, los montos  de las obras ejecutadas por el gobierno estatal en el mismo rubro en territorio municipal en los ejercicios antes mencionados y obras gestionadas por organizaciones sociales, como AFODEPO, COMUNA, etcétera.

Respecto a la resolución del recurso de revisión presentado por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes; en el proyecto R.R.A.I.0106/2021/SICOM, se revocó la respuesta del Fiscalía General del Estado de Oaxaca a efectos de que lleve a cabo una búsqueda exhaustiva de la información solicitada relativa al número de homicidios cometidos por la delincuencia organizada. 

Con relación a las resoluciones de los recursos de revisión presentados por la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, en el asunto R.R.A.I./0242/2022/SICOM, se consideró infundado el motivo de inconformidad expresado por el recurrente y se ordenó a la Comisión de Límites del Estado de Oaxaca confirmar de manera fundada y motivada a través de su Comité de Transparencia, la declaratoria de incompetencia realizada por la Unidad de Transparencia. En lo que respecta al proyecto R.R.A.I./0267/2022/SICOM, el Consejo General del OGAIPO ordenó a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca modificar la respuesta, y realizar una búsqueda exhaustiva, a efecto de que proporcionen la información solicitada referente actas y sesiones con descripción de las herramientas metodológicas para identificar patrones de conducta que pudieran estar relacionados con operaciones con recursos de procedencia ilícita, de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, desde su instalación hasta el año en curso 2022.  Del recurso de revisión R.R.A.I.0412/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros modificar su respuesta y proporcione la información, respecto a  nombre completo, preparación académica y experiencia profesional del Director(a) del área de Desarrollo Económico y Comercio en la administración municipal, razones o motivos que implicaron la designación del o la titular de dicha Dirección por parte del Presidente Municipal o en su defecto por el Honorable Ayuntamiento y razones o motivos que consideró el Presidente Municipal, para contratar al personal que designó en esa Dirección.

Referente a los recursos de revisión de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán; en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I./0369/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Pedro Pochutla realice búsqueda exhaustiva de la información respecto a nombres completos, sexo y nombre del cargo público que desempeñaron todas y todos los servidores públicos del municipio, en las administraciones:  2005-2007, 2008-2010, 2011-2013 y 2014-2016. Relativo al recurso de revisión R.R.A.I./0529/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros modificar su respuesta a efecto que remita al recurrente, el Acta de Sesión Solemne de Instalación del Honorable Ayuntamiento 2022-2024; actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias correspondientes al mes de enero del presente año; acreditaciones de las y los concejales (ante SEGEGO del Presidente, síndico, regidoras y regidores en versión pública) que integran el Ayuntamiento del mismo ejercicio, el Bando de Policía y Gobierno y el Plan Municipal de Desarrollo. Para resolver el proyecto R.R.A.I.0414/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Pedro Tapanatepec que realice la entrega de la información requerida, respecto a tipo de incidente o evento presuntamente constitutivos de delitos y/o falta administrativa con la respectiva hora, fecha, lugar, ubicación y coordenadas geográficas. En el expediente R.R.A.I.070/2021, se ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca modificar su respuesta y gestione lo requerido, a partir de la quincena 05 de 2019, al recurrente se le cambió modalidad de cobro, de pago electrónico a pago en cheque, sin notificarle. Requiere conocer criterios, mecanismos o razones para esa determinación.  En lo que respecta al proyecto R.R.A.I.0409/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec modificar respuesta a efecto que remita las constancias que declaran y confirman la inexistencia de la información al recurrente, respecto a copia simple del arrendamiento del local comercial ubicado en avenida Independencia. Concerniente al asunto R.R.A.I.0359/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec remita la razón social, persona física o moral, asesores que llevaron a cabo el Acta-Entrega del Ayuntamiento, cuál fue el procedimiento aplicado (invitación restringida, adjudicación directa) para seleccionar a la empresa o persona física, si se aplicó invitación restringida, mencionar  proveedores participantes en el proceso, así como, todo el procedimiento de la misma (acta de fallo, contrato, etc.), si se encuentran inscrito (fecha de inscripción al padrón de proveedores), factura o facturas, Acta del Comité de Adquisiciones o Sesión de Cabildo.

Correspondiente a los recursos de revisión presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales; en el recurso de revisión R.R.A.I. 0391/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec modificar la respuesta y proporcione información sobre los uniformes de los sindicalizados, referente a proveedor ganador, fecha de inscripción al padrón de proveedores con comprobante de pago, factura, contrato, proceso de adquisición, acta de aprobación del Comité de Adquisiciones, fecha de entrega a trabajadores del Sindicato 12 de Julio y Democrático. En el expediente R.R.A.I. 0486/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Chahuites que otorgue la información requerida, respecto a tipo de incidente o evento presuntamente constitutivos de delitos y/o falta administrativa con la respectiva hora, fecha, lugar, ubicación y coordenadas geográficas.

El recurso de revisión en contra de la Secretaría de Seguridad Pública (R.R.A.I.0194/2021/SICOM) fue sobreseído. Por otro lado, el Pleno del OGAIPO confirmó la respuesta de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (R.R.A.I. 0296/2022/SICOM).

En esta sesión ordinaria, mediante el acuerdo OGAIPO/CG/056/2022, se aprobaron la “Guía para la Elaboración de Avisos de Privacidad para Sujetos Obligados” y la “Guía para Sujetos Obligados Elaboración del Documento de Seguridad”. Además, a través del acuerdo OGAIPO/CG/057/2022 se aprobó la Guía de Archivo Documental 2021 del OGAIPO, que emite el Área Coordinadora de Archivos.

Con el acuerdo OGAIPO/CG/058/2022, se aprobaron tres dictámenes de incumplimiento sobre el procedimiento del Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de, Transparencia 2022, que emite la Dirección de Comunicación, Capacitación, Evaluación, Archivo y Datos Personales. Los dictámenes fueron de los siguientes Sujetos obligados: La Fundación Teletón México A.C. (Cédula de Evaluación SIPOT 89.58%, Cédula de Evaluación Página web 89.58%), el Monte de Piedad del Estado de Oaxaca (Cédula de Evaluación SIPOT 97.63%, Cédula de Evaluación Página web 97.63%) y la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno del Estado (Cédula de Evaluación SIPOT 83.81%, Cédula de Evaluación Página web 83.81%).  Mientras que con el acuerdo OGAIPO/CG/059/2022, se aprobó la resolución de cuatro Denuncias por incumplimiento de las Obligaciones de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura, el Monte de Piedad del Estado de Oaxaca, la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable y la Secretaría de Finanzas. 

Mientras que con el acuerdo OGAIPO/CG/059/2022, se aprobó la resolución de cuatro Denuncias por Incumplimiento de las Obligaciones de Transparencia, se declaró fundada la denuncia y se establecen medidas necesarias para garantizar la publicidad o actualizadas de las obligaciones correspondientes a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura y el Monte de Piedad del Estado de Oaxaca. Por otro lado, se declaró infundada la denuncia y se cierra el expediente respecto a la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable y de la Secretaría de Finanzas.

Finalmente con el acuerdo OGAIPO/CG/060/2022, se aprobaron las medidas de apremio que serán impuestas al Instituto Tecnológico Superior de Teposcolula, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Oaxaca, la Universidad de la Costa, el H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Huajuapan de León, el H. Ayuntamiento de Salina Cruz, el H. Ayuntamiento de Tehuantepec, el H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza y el H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, por el incumplimiento a las resoluciones emitidas en los Recursos de Revisión, interpuestos ante el Órgano Garante.

En asuntos generales, el Comisionado Presidente José Luis Echeverría Morales informó respecto a oficio emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) respecto a las intermitencias en su disponibilidad que ha presentado la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) a partir del 11 de julio, por lo cual están realizando acciones de contención implementadas: revisión de la PNT para determinar las causas, aplicación de medidas de contención para evitar el tráfico de denegación de servicio e incrementar la capacidad tecnológica de procesamiento de la PNT. Una vez finalizada la revisión, se realizarán las acciones a las que haya lugar para subsanar la intermitencia.

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